TAREA 1: GOBIERNO ABIERTO
“CHILE EJEMPLO DE BUEN GOBIERNO
EN SUDAMÉRICA”
A través de la aprobación de la Ley 20.285 denominada de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, Chile ha dado un buen ejemplo al resto países vecinos.
Dicha Ley fue aprobada en el año 2008, en virtud de la condena
impuesta por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Claude
Reyes y otros contra el Estado de Chile.
La ley obliga a que las autoridades y funcionarios de la
Administración del Estado deben dar estricto cumplimiento al principio de
transparencia de la función pública: esto es, respetar y cautelar la publicidad
de los actos, resoluciones, procedimientos y documentos de la Administración,
así como la de la información que le dio fundamento, y en facilitar el acceso
de cualquier persona a esa información.
Esta Ley compromete en todas sus partes a ministerios,
intendencias, gobernaciones, gobiernos regionales, municipios, Fuerzas Armadas,
Carabineros, Investigaciones, órganos y servicios públicos. Respecto de las
empresas donde el Estado tenga propiedad de más del 50% de las acciones y a las
empresas públicas creadas por ley, al Congreso Nacional, a los Tribunales de
Justicia, al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional, la Justicia
Electoral, la Contraloría General de la República y el Banco Central y otros
órganos del Estado se ajustan a las disposiciones que esta Ley expresamente les
señala y a las de sus respectivas leyes orgánicas.
El principio de transparencia abarca todos los actos y
resoluciones de los órganos de la administración del Estado, sus fundamentos,
los documentos que les sirvan de sustento o complemento directo y esencial, y
los procedimientos que se utilizaron para su elaboración.
Con esta ley se crearon dos tipos de transparencia: la
activa y la pasiva. La transparencia activa consiste en que el respectivo
organismo debe tener integrada vía electrónica toda la información pública, con
esta me refiero a estructuración orgánica, facultades, funciones y atribuciones
de cada una de sus unidades u órganos internos. En cuanto a la transparencia
pasiva esta se refiere a que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir
información de cualquier órgano de la administración del Estado, este acceso
comprende el contenido de diversas resoluciones, actas, expedientes, contratos
y acuerdos, entre otros. Tiene un procedimiento para solicitar dicha
información por medios electrónicos o por escrito.
La experiencia nos señala que al estar disponible la
información, en forma concreta y oportuna, se logra una disminución de los
factores que posibilitan la comisión de hechos que afectan la confianza en el
sistema público y que por ende terminan debilitando la democracia.
Personalmente considero que el ejemplo de Chile es muy relevante ya que, desde la promulgación de
la Ley 20.285 de Transparencia y Acceso a la Información Pública que propició
la creación del Consejo de Transparencia, el gobierno chileno ha transitado
desde una cultura del secretismo a otra que promueve la consolidación de un
modelo de gestión gubernamental abierto, lo que permite profundizar y reforzar
los principios básicos de la democracia, además de fomentar la confianza de los
ciudadanos en sus instituciones públicas.
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